El 9 de junio, la CIDH recibió información sobre la publicación del requerimiento realizado por la Sala Uno del Tribunal de Apelaciones de Managua a la Procuraduría General de la República para formalizar el decomiso de todos los bienes inmuebles, acciones y sociedad mercantiles de las 222 personas excarceladas y expulsadas arbitrariamente en febrero pasado. Dichas sanciones afectan los bienes en mancomunidad, derechos de terceras personas y, además, dejan en situación de mayor vulnerabilidad a estas personas, así como a sus familiares que permanecen en el país.
Como fue señalado por la CIDH, la confiscación de los bienes y el patrimonio constituye una sanción penal arbitraria y desproporcionada que resulta contraria el artículo 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
Preocupa también la política arbitraria que mantienen las autoridades respecto del libre ingreso o salida del país de la población. Al respecto, la CIDH recibió información sobre el retiro y retención arbitraria de pasaportes o la negativa de expedición como mecanismo para impedir la salida de personas al exterior.
MESENI ha recibido información sobre casos de prohibición de retorno de personas nicaragüenses, quienes se enfrentan a una situación de desplazamiento forzado, obligadas a buscar regularizar su situación migratoria o acceder a mecanismos de protección internacional en otros países.
Algunas personas a las que el Estado impidió arbitrariamente el retorno, señalaron al MESENI encontrarse bajo una «apatridia de facto» debido a la imposibilidad de renovar los pasaportes vencidos o acceder a otros documentos de identidad por encontrarse fuera del país y por la negativa del Estado de expedir esta documentación. Estas acciones han derivado también en la separación forzada de múltiples familias nicaragüenses.
La Convención Americana consagra el derecho a la nacionalidad y establece expresamente una garantía contra su privación arbitraria; asimismo, los Principios Interamericanos sobre los Derechos Humanos de todas las personas migrantes, refugiadas, apátridas y las víctimas de la trata de personas establecen que toda persona tiene un derecho inderogable a tener una nacionalidad y no ser apátrida, a conservar su nacionalidad, no pudiendo denegarse, perder o ser privada arbitrariamente de ella. Estos Principios también reconocen el derecho de toda persona a regresar al Estado de su nacionalidad.
Por otra parte, preocupa a la CIDH la información recibida sobre nuevas detenciones arbitrarias de personas defensoras, periodistas e integrantes de la iglesia católica.
Entre los meses de abril y mayo, más de 140 personas fueron detenidas en las celebraciones de semana santa, en la conmemoración del aniversario de las protestas de 2018, así como en operativos policiales ocurridos de forma simultánea en diferentes departamentos. Dichas detenciones masivas se caracterizaron por el uso desproporcionado de la fuerza y allanamientos violentos.