Por unanimidad de votos, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a inicios del mes de abril de este año 2022, declaró inconstitucional la Ley Marco de Protección Social y resolvió que la normativa atentaba contra el sistema unitario de seguridad social.
El Congreso Nacional de Honduras, que presidía Mauricio Oliva, aprobó el Decreto Legislativo 56-2015 que contiene el referido articulado declarado inconstitucional por la Sala respectiva a petición de un colegio profesional.
Ese mismo año, el Colegio Médico de Honduras (CMH) que dirigía la ahora diputada Suyapa Figueroa presentó un recurso de inconstitucionalidad ante la Sala correspondiente.
Siendo presidenta de la Comisión de Salud del Congreso Nacional, la doctora Suyapa Figueroa, repite que la Ley Marco de Protección Social violentó las garantías de los trabajadores, al mismo tiempo ha prometido crear una verdadera Ley de Seguridad Social que se apegue a la equidad y acceso a la población, pero aún no hay señales del anteproyecto prometido.
Después del debate y las protestas por la derogación de la mencionada Ley, también agregando la resolución judicial, las organizaciones de trabajadores avalaron la decisión de la Sala de la Corte Suprema, lloraron sobre la leche derramada, y lamentaron que los magistrados declararan la inconstitucionalidad total y no parcial del decreto porque la generalidad deja en riesgo la reserva laboral que en el RAP capitalizaban trabajadores y empresarios hasta acumular un 50 por ciento de sus derechos laborales al ser despedido el trabajador o presentar su renuncia.
Los analistas creen que la derogatoria provocó incertidumbre sobre esos fondos, y explican que se pone en peligro que el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) de atención médica los hijos menores de 18 años.
El Régimen de Aportaciones Privadas (RAP) analizó el impacto y los efectos jurídicos de la sentencia que deja sin efecto la Ley Marco de Protección Social, y que a criterio de los trabajadores, pone en riesgo las aportaciones que capitalizaron la reserva laboral en el pasado y las actuales tomando en cuenta que el RAP es un banco de segundo piso.
Los especialistas financieros del RAP, explican que el análisis aborda en especial lo relacionado con la captación y devolución de los aportes obreros patronales, cantidades que aún no se cuantifican.
Mientras eso ocurre la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) da seguimiento al proceso.
Después de que el Congreso Nacional envió la publicación de la inconstitucionalidad del referido decreto, a la gaceta la derogatoria de la Ley Marco de Protección Social quedó en firme, y desde ya se comienzan a presentar obstáculos financieros debido a la ausencia de una ley que ampare y autorice las devoluciones que reclaman los trabajadores despedidos este año en la administración pública y la empresa privada.
Los entendidos en la materia aseguran que unos 330 mil trabajadores del sector privado salen perdiendo con la sentencia de inconstitucionalidad a la Ley Marco de Protección Social, emitida por la Corte Suprema de Justicia (CSJ), a petición del Colegio Médico Hondureño (CMH), que dirigía la Doctora y diputada del Partido Salvador de Honduras Suyapa Figueroa.
La derogatoria de la Ley Marco dejó en el aire los cuatro pilares del sistema del RAP, las afps, salud, Seguro Social y accidentes profesionales.
Análisis jurídico preliminares, indican que las empresas salen beneficiadas, ya que se queda sin sustento jurídico la Reserva Laboral del RAP, que desde el 2016 se empezó a crear con aportes graduales hasta totalizar en 4 por ciento el 2021.
Esta reserva le permitía al obrero tener asegurado por lo menos, el 50 por ciento de sus prestaciones laborales al momento de retirarse por renuncia o por despido de una empresa, pero ahora el patrono queda libre de pagarlo al momento de la cesantía, si continúa aportando y reteniendo cada mes en base al salario de cada uno de los trabajadores.
Al final la derogatoria se traducirá en una pérdida de diez puntos de prestaciones sociales de los trabajadores; cuatro puntos de la cobertura laboral, tres puntos de las afps, y tres puntos que eran canalizados al régimen de invalidez, vejes y muerte.
Expertos advierten que los fondos que ha captado el RAP bajo el amparo de la Ley Marco quedan sin asidero jurídico y al final no sabrá a quien entregarlos. El sector privado anunció ayer que prepara un informe con el impacto estimado que provocaría esta sentencia.
El RAP anunció recientemente que el Consejo Directivo habilitó a la administración a desembolsar la reserva laboral de las solicitudes de afiliados cuyos contratos de trabajo finalizaron a partir del 05 de abril de 2022 y que cumplan con los requisitos establecidos en el Manual de Procedimientos y Procesos del RAP, tal y como venía aconteciendo antes de la sentencia derogatoria, y quedan a la espera del impacto final de la sentencia, o de una nueva ley tal como lo prometió en las huelgas y en campaña política la expresidenta del CMH Suyapa Figueroa.