El Ministerio Público (MP), a través de un comunicado se pronunció en relación a las reformas legales referentes al lavado de activos.
Según el MP, la reforma al artículo 439 del código penal, relacionada con el delito de lavado de activos representa un retroceso en el combate a la criminalidad organizada, específicamente el tráfico de drogas, delitos de corrupción y lavado de activos.
El comunicado señala que la adopción de un sistema de números “clausus”, es decir un listado en la determinación de los delitos precedentes en el tipo penal de lavado de activos, limitará el ejercicio de la acción penal pública debido a que el MP deberá acreditar que los bienes objeto del lavado provienen de algunos de los delitos señalados en esa lista, aunque la persona investigada no logre justificar el origen lícito de los mismos.
Además, explican que es preocupante las barreras que suponen las referidas reformas al desnaturalizar el proceso acusatorio ya que supone volver al procedimiento inquisitivo, al otorgarle al juzgador facultades de investigador, porque para la práctica de diligencias investigativas por el delito de lavado de activos será necesario contar con la autorización judicial para que las instituciones financieras puedan brindar información a los fiscales del MP sobre la persona investigada.
El MP alega que el delito de lavado de activos por su naturaleza y en las economías globalizadas donde los capitales se mueven o transfieren con gran facilidad necesita herramientas ágiles y oportunas para combatirlo de manera eficaz, razón por la cual su abordaje requiere de tratamiento especializado y diferente al que se sigue para la investigación de otros delitos.
El MP advierte que de entrar en vigencia las reformas descritas aprobadas por el Congreso Nacional se presentarán los recursos respectivos para garantizar el cumplimiento de los derechos y garantías establecidas en la Constitución y las leyes.