La Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos reflexionó este miércoles sobre la creciente tendencia de los Estados a hacer obligatoria la vacunación contra el COVID-19, llamando a tomar en cuenta las ramificaciones de esa medida.
En su participación en un seminario sobre acceso a medicamentos y vacunas organizado por la dependencia a su cargo, Michelle Bachelet dijo que si bien los derechos humanos no prohíben los mandatos de vacunas, sí imponen límites sobre cuándo y cómo deben aplicarse.
Para empezar, recalcó, las políticas de obligatoriedad deben partir de que haya vacunas disponibles y asequibles para toda la población.
“A menos que todas las personas tengan acceso a las vacunas, los requisitos de inmunización no serán compatibles con los derechos humanos”, enfatizó.
Bachelet explicó que si se cumple este requisito, es aceptable que se condicione a la vacunación el goce de algunos derechos y libertades, como el acceso a las escuelas o espacios públicos.
Nunca por la fuerza
“Sin embargo, en ninguna circunstancia se debe administrar una vacuna a las personas por la fuerza”, subrayó.
Agregó, por otra parte, que cuando se impongan sanciones a las personas por negarse a cumplir con un mandato de vacunación, éstas deben ser proporcionadas y estar sujetas a revisión de las autoridades judiciales.
“Los mandatos de las vacunas deben cumplir con los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y no discriminación. Deben estar previstos por la ley, con las garantías procesales adecuadas, incluido el derecho a solicitar una exención y el derecho a apelar cualquier forma de sanción ante una autoridad imparcial e independiente”, apuntó.
Además, este tipo de políticas deben aplicarse sólo cuando sean absolutamente necesarias en términos de salud pública, añadió.
Bachelet aclaró que los mandatos deben considerarse únicamente cuando las medidas menos intrusivas no hayan podido satisfacer las necesidades de salud pública.