La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su preocupación por las denuncias sobre la desaparición forzada del obispo emérito de la Diócesis de Estelí, monseñor Abelardo Mata Guevara y la persecución contra la Iglesia en Nicaragua.
De acuerdo con la información recibida por el Mecanismo Especial de Seguimiento para Nicaragua (MESENI), el 29 de junio, monseñor Mata, persona mayor de 80 años de edad y beneficiario de medidas cautelares otorgadas por la CIDH, fue detenido junto con el presbítero Rigoberto Delgadillo Sánchez, de la parroquia Divino Niño; el párroco Francisco Morales, de la parroquia Cruz del Calvario; y el diácono Wilfredo Arauz Rodríguez, también de la parroquia Cruz del Calvario, como represalia por presidir una celebración religiosa.
Tras su detención, monseñor Mata habría permanecido bajo un régimen de «casa por cárcel». Si bien el 4 de julio el Ministerio del Interior informó que el obispo estaba bajo «indagación», hasta la fecha no existe información independiente que permita verificar su paradero o estado de salud, lo que reviste especial gravedad debido a su edad y a condiciones preexistentes de salud.
Asimismo, el MESENI recibió información sobre el grave asedio, hostigamiento, vigilancia y otras represalias dirigidas contra el señor Jeffer Chavarría, beneficiario de medidas provisionales otorgadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y representante de monseñor Mata ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, así como contra su familia y los familiares de monseñor Mata.
La CIDH condena el empleo del ocultamiento de la suerte de las personas detenidas arbitrariamente como uno de los patrones más graves de la represión, que viene siendo utilizado por el régimen para silenciar voces críticas, infundir temor y ejercer control sobre la población. Desde 2025, esta práctica resultó en la muerte de Mauricio Petri, Carlos Cárdenas y Brooklyn Rivera, bajo custodia del Estado, cuyos familiares permanecieron durante semanas o meses sin información sobre su paradero y/o estado de salud y solo tuvieron certeza de su fallecimiento al momento de la entrega de sus cuerpos, en medio de amenazas e intimidación.
Asimismo, estos hechos ocurren en un grave contexto de hostigamiento y represalias contra integrantes de la Diócesis de Estelí y de la iglesia católica en Nicaragua. Desde 2018, la CIDH ha documentado un patrón sistemático de afectaciones contra obispos, sacerdotes, personas religiosas y laicas, consistente en actos de vigilancia, restricciones al ejercicio del culto, detenciones arbitrarias, expulsiones del país, la privación arbitraria de la nacionalidad, confiscación de bienes, el cierre forzado de congregaciones y otras represalias por el ejercicio de la libertad de religión. La Comisión advierte que esta situación constituye otra de las expresiones más severas del cierre del espacio cívico y democrático en Nicaragua.
La CIDH recuerda que la Convención Americana sobre Derechos Humanos reconoce el derecho de toda persona a la libertad de conciencia y de religión, el cual comprende la libertad de profesar y divulgar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado. Al respecto, la Comisión ha señalado que un espacio cívico abierto, libre y plural constituye una condición esencial para el ejercicio efectivo de este derecho. En Nicaragua, la persecución contra la iglesia católica impide a muchas personas expresar y practicar libremente su fe.
La Comisión urge al régimen a informar de manera inmediata sobre el paradero de monseñor Abelardo Mata, garantizar su vida e integridad personal y, de encontrarse privado de su libertad, disponer su liberación. Asimismo, insta al régimen a permitir el contacto inmediato con sus familiares y representantes, cesar la persecución contra ellos, así como contra los integrantes de la Iglesia católica a fin de garantizar el pleno ejercicio de la libertad de religión, conciencia y expresión en Nicaragua.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.