La Titular del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH), Abg. Blanca S. Izaguirre L, en el ejercicio de su mandato convencional, constitucional y legal, con independencia funcional, técnica y de criterio; ante la información difundida por medios de comunicación sobre un presunto hecho de abuso sexual en perjuicio de un menor en conflicto con la ley, supuestamente cometido por un miembro del personal de custodia de un Centro Pedagógico de Internamiento, se pronuncia en los términos siguientes:
- El CONADEH expresa su profunda preocupación ante la información difundida por medios de comunicación sobre un presunto hecho de abuso sexual en perjuicio de un menor en conflicto con la ley, presuntamente cometido por un miembro del personal de custodia de un Centro Pedagógico de Internamiento.
- Esta Institución Nacional de Derechos Humanos (INDH) aclara que, mientras las autoridades competentes no concluyan las investigaciones correspondientes, no procede prejuzgar sobre la responsabilidad de la persona señalada, debiendo garantizarse en todo momento el debido proceso y la presunción de inocencia.
- No obstante, la gravedad de la información obliga al Estado a actuar de manera reforzada inmediata y diligente sobre el caso del menor que se encontraba bajo su custodia y protección.
- Por lo tanto, el CONADEH reitera que la privación de libertad dentro de un Centro Pedagógico de Internamiento no suspende los derechos humanos; por el contrario, coloca al Estado en una posición especial de garante respecto de la vida, integridad física, psicológica y sexual, dignidad y seguridad de los adolescentes privados de libertad.
- En consecuencia, esta INDH exhorta a las autoridades competentes a investigar de manera pronta, exhaustiva, imparcial y efectiva los hechos denunciados. Garantizando al menor afectado la protección inmediata y la atención médica, psicológica y jurídica especializada, evitando toda forma de revictimización. Particularmente, recomienda a las autoridades competentes:
Al Ministerio Público:
- Actuar de oficio determinar conforme al debido proceso, las responsabilidades administrativas, disciplinarias o penales que pudieran corresponder. Debiendo adoptar las medidas necesarias para prevenir posibles represalias, intimidaciones o nuevos riesgos para el menor.
Al Instituto Nacional para la Atención a Menores Infractores (INAMI):
- Reforzar la supervisión, vigilancia y protección de los y las adolescentes privados de libertad en los distintos espacios de los Centros Pedagógicos de Internamiento,Sagrado Corazón, Jalteva, Nuevo Jalteva, El Carmen y Carmen Intermedio del INAMI, mediante mecanismos permanentes y efectivos de monitoreo, particularmente en dormitorios, baños, áreas recreativas, educativas, talleres y demás espacios donde puedan encontrarse sin supervisión directa. Dicha supervisión deberá realizarse bajo un enfoque de protección integral e interés superior del adolescente, garantizando canales seguros, confidenciales y accesibles para reportar situaciones de violencia, así como una respuesta inmediata, diligente y especializada ante cualquier indicio o denuncia, evitando la revictimización y asegurando la debida protección de las víctimas.
- Revisar los mecanismos de selección, capacitación, supervisión y control del personal de custodia y demás personal de los centros pedagógicos de internamiento, y reforzar el rol de los orientadores sociales.
El CONADEH recuerda que los Centros Pedagógicos de Internamiento deben ser espacios seguros, orientados a la reeducación y la reinserción social, y no lugares donde los y las niños, niñas y adolescentes puedan ser víctimas de nuevas o sistemáticas vulneraciones a sus derechos.
El Estado tiene el deber indelegable de proteger a los y las niños, niñas y adolescentes que se encuentran bajo su custodia, garantizando que permanezcan seguros, protegidos y tratados con dignidad.
El CONADEH dará seguimiento a las actuaciones de las autoridades competentes y continuará vigilando las condiciones de los menores que se encuentren en los Centros Pedagógicos de Internamiento, en cumplimiento de su mandato de protección de los derechos humanos.